Por: Sergio Rubin
La reciente ola de protestas que disparó en varios países una película sobre Mahoma que ofende a los musulmanes -además de una nueva caricatura del profeta (cuya imagen en cualquier circunstancia y forma está vedada en el Islam) en una revista francesa- reactualizó la polémica entre quienes creen que debe protegerse legalmente el sentimiento religioso y quienes consideran que ello vulneraría la libertad de expresión. Convocados por Valores Religiosos, el presidente del Consejo para la Libertad Religiosa (CALIR), Octavio Lo Prete; el secretario general del Centro Islámico de la República Argentina (CIRA), Sumer Noufouri, y la directora del programa de Libertad de Expresión de la Asociación por los Derechos Civiles (ADC), Eleonora Rabinovich, accedieron a debatir la candente cuestión.
-¿Debe protegerse legalmente el sentimiento religioso?
Dr. Octavio Lo Prete: Ningún derecho es absoluto. La libertad religiosa y la de expresión son derechos fundamentales incluidos en los principales tratados, los cuales establecen ciertos límites para la vida en una sociedad plural. Ahora bien, el criterio de aplicación de esas limitaciones debe ser muy restrictivo. En materia de libertad religiosa, lo que debe tutelarse es el sentimiento religioso y los símbolos religiosos contra la ofensa gratuita, que no aporte al debate en la sociedad democrática. O que incite al odio religioso, provenga de no creyentes o de miembros de otra religión.
Dra. Eleonora Rabinovich: Es un tema muy complejo desde la perspectiva jurídica. En nuestro marco constitucional y de derechos humanos no existe el derecho a no sentirse ofendido. Además, formamos parte de un sistema interamericano que es muy generoso con la protección de la libertad de expresión. El valor de la libertad de expresión está dado justamente por permitir expresiones que cuestionan o provocan lo que constituye el núcleo moral mayoritario o minoritario de una sociedad, el discurso cultural o políticamente correcto en un momento determinado. Por eso, en materia de restricciones, debemos proceder con extrema cautela. En el caso de la muestra de León Ferrari, la cámara -la máxima instancia de decisión que hubo- se inclinó por la libertad de expresión, pese a que afectó sentimientos religiosos sumamente legítimos de gran parte de la población.
Dr. Sumer Noufouri: En principio, creo que existe una diferencia entre un grupo anónimo que se junta para hacer una película con la única intención de provocar y una crítica objetiva o un estudio científico. O si la expresión es en un ámbito acotado o a través de un medio masivo de comunicación. Ahora, cuando empezamos a bajar una línea negativa sobre un colectivo, cuando decimos que un colectivo por el sólo hecho de pertenecer a un sector o a una religión tiene cuestiones malas en sí mismas, las consecuencias pueden ser nefastas. No lo digo yo, lo dice la historia. Basta ver lo que pasó en Europa en el siglo pasado con la comunidad judía. Porque ese exterminio estuvo precedido deuna bajada de línea. Coincido con que la libertad de expresión es un derecho fundamental, pero también lo es vivir en armonía.
-¿Entonces debe o no haber una ley de protección?
ER: En el ámbito internacional hay una discusión muy fuerte sobre la llamada difamación de las religiones, Hubo, incluso, resoluciones de Naciones Unidas. Nuestra posición como entidad de derechos humanos es que no tiene que haber una legislación que prohíba y penalice la difamación de las religiones. La censura de las expresiones, por más hirientes que sean, incluso blasfemas, viola los estándares de derechos humanos, no contribuye al diálogo y genera situaciones grises que quitan del discurso público conceptos que pueden llegar a tener un valor en un momento determinado. Además, creo que el derecho penal no conduce a nada en relación con los discursos, no impide que circulen y evita el debate.
OLP: Es un tema complejo.
De hecho, en el CALIR hay opiniones dispares. Personalmente, creo que el sentimiento religioso debe ser un bien jurídico protegido, tal como ocurre en algunos países como España. Por otra parte, la ley tiene una función docente y me parece que un ambiente de agresividad verbal, de violencia hacia las convicciones religiosas, no contribuye al escenario más adecuado para el ejercicio de las libertades. No necesariamente debe ser a través de una legislación especial, sino como parte del sistema. Y de aplicación restrictiva para casos en particular. Por ejemplo, que el Estado haya brindado una sede para un escarnio a una religión como la muestra de Ferrari me pareció muy grave.
SN: Si se trata de una crítica objetiva, de un estudio científico, no.
Pero si la idea es solamente ofender, y sobre todo, estigmatizar o demonizar a una comunidad, debería haber una regulación. La protección no necesariamente tiene que ser penal. Pero la legislación debe tener una función preventiva. Puede también ser reconocido el derecho de una comunidad a hacer una desmentida, a contar con un derecho a réplica en el mismo lugar y con el mismo espacio donde apareció la ofensa.
-¿Y que marco jurídico hay?
ER: En el sistema interamericano de derechos humanos, bajo cuyo paraguas está nuestro país, el artículo 13 de la convención dice sobre libertad de expresión que se debe prohibir el discurso de odio que incita a la violencia (además del que afecte la honra, la intimidad, el orden público). Es decir: es muy específico. Otras expresiones, por más horrendas que nos parezcan, deben tolerarse. Es el costo de vivir en democracia.
OLP: El Tribunal Constitucional Europeo censuró ciertas películas, por caso en Austria, que mostraban a Jesús como un demente o a Santa Teresa con orgasmos.
ER: Es que hay dos modelos. El europeo, que es muchísimo más restrictivo de la libertad de expresión y da margen a la hora de regular la protección de los sentimientos religiosos. Y el interamericano, donde la prohibición de una película sería algo absolutamente inaceptable.
-¿Y qué hacer desde lo cultural?
SN: En principio, quiero decir que hace unos días un sheij afirmó en un sermón del viernes que está muy bien que los musulmanes protesten, pero con los modales del profeta, que nunca lo hizo con violencia. La violencia sólo está permitida en el Islam en defensa propia en un caso extremo, como en todas las religiones y sistemas legales del mundo. Por otra parte, todo fundamentalismo está fuera del Islam porque el Islam es moderado por definición. Creo que es clave para prevenir las ofensas la gestión estatal. Como musulmán destaco que el actual gobierno reconoce a los argentinos de fe islámica, nos incluye en la sociedad -por ejemplo, como los católicos y los judíos, tenemos un espacio en Canal 7-, y esto ayuda a que no haya provocaciones.
ER: Opino también que las políticas públicas son importantes, tanto en el ámbito nacional como global a favor de una inclusión significativa, de educar de verdad en la diversidad porque considero que la propagación de estereotipos es sumamente problemática.
OLP: Creo que hay que educar para la convivencia y la paz. Trabajar para vencer la ignorancia, los muchos prejuicios, para construir la amistad cívica que comienza por el respeto al otro.