Lunes 11.12.2023

JUDIOS

El divorcio, una institución de la época bíblica

Su concreción requiere del consentimiento y de la firma de un documento que anule el contrato matrimonial. Por Tzvi Bar Itzjak
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En la tradición judía, el divorcio es una institución que data de la época bíblica. Registrada en el libro de Deuteronomio (24:1), el texto refiere que “el marido tiene derecho a divorciarse de su mujer”. En la lengua hebrea, divorcio se dice “GueT”. Este vocablo reviste de un simbolismo particular, ya que las dos consonantes (la letra “guimel” que representa a la “G”, y la “tet” que representa a la “T”) jamás se unen en una misma palabra.

Por su parte, los maestros del Talmud, consideran al matrimonio como un acuerdo de un nivel superior entre las partes (en el judaísmo no tiene un carácter sacramental) y afirman que su disolución reviste de un dolor inmenso, a tal punto que “incluso Dios comparte lágrimas cuando una pareja se divorcia” .

En el siglo X de nuestra era, el rabino franco-alemán Guershom ben Iehuda (conocido en el mundo jurídico como Rabeinu Guershom) decretó que el hombre no podría divorciarse de su esposa sin su consentimiento. Esta decisión fue aceptada como vinculante por toda la judería europea. Y en este mismo sentido, un Bet Din (tribunal rabínico) puede obligar al marido a conceder el divorcio cuando existe una causa que para ese tribunal lo justifique (por ej: negarse a tener relaciones matrimonia- les o negarse a proporcionar un sustento adecuado y digno).

Existe un procedimiento legal para la obtención del divorcio. Dado que el matrimonio judío se celebra mediante la emisión de un contrato de carácter reglamentario-legal entre marido y mujer llamado “ketuvá”, éste solo puede rescindirse mediante la elaboración de un documento que anule el contrato original. En general (y esto depende de cada país), a menos que se obtenga un divorcio civil en los tribunales ordinarios estatales, no se permite emitir el acta de separación religiosa.

El movimiento de la reforma judía (la corriente religiosa más liberal) sostiene que en algunos casos alcanza con el divorcio civil para volver a casarse bajo el rito hebreo, mientras que el movimiento conservador y la ortodoxia judía no lo consideran suficiente.

El acto para la emisión del documento de divorcio se establece bajo la supervisión de un rabino especializado en derecho de familia y con la presencia de testigos que asignan dicho instrumento. Si bien la función rabínica implica disuadir a las partes a desistir del paso que irían a dar, formalmente el varón y la mujer no están sujetos a tener que responder preguntas personales. Solamente se cerciorará que no hay coacción en este acto. Siendo que el Deuteronomio establece que se escribirá una “carta de divorcio”, dicho documento se realiza por intermedio de un escriba, en idioma arameo (una de las lenguas utilizadas en la época talmúdica). En la tradición del pueblo de Israel este ritual autoriza, a ambas partes, poder volver a contraer matrimonio.